TRANSFERENCIAS INMEDIATAS GRATUITAS

(A partir 9 de enero de 2025)

El REGLAMENTO (UE) 2024/886 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 13 de marzo de 2024 abarata las transferencias inmediatas y refuerza la seguridad, marcando un avance significativo en el sistema bancario europeo.

A partir del 9 de enero de 2025, todas las transferencias inmediatas tendrán que tener el mismo precio que las transferencias ordinarias, según lo dispuesto en el Reglamento Europeo indicado anteriormete. Esto implica que los bancos no podrán cobrar una comisión mayor por las transferencias inmediatas, que hasta ahora han tenido costos significativamente más altos.

Impacto

Dado que la mayoría de los bancos en España ya ofrecen transferencias ordinarias gratuitas cuando se realizan online, lo más probable es que opten por hacer también las transferencias inmediatas. Esto permitiría a los usuarios realizar pagos instantáneos sin coste adicional, promoviendo un uso más extendido de esta opción rápida y conveniente.

Puede que algunos bancos opten por establecer condiciones específicas para las transferencias inmediatas gratuitas: Clientes con nómina domiciliada o productos asociados: Podrían ofrecer transferencias gratuitas solo a quienes mantengan una relación comercial activa, como tener la nómina domiciliada, contratar seguros, hipotecas con la entidad u otros servicios. Este modelo, podría restringir las transferencias inmediatas gratuitas para quienes no cumplan estos requisitos.

A pesar de lo indicado anteriormente, es probable que los bancos opten mayoritariamente por eliminar las comisiones tanto para transferencias inmediatas como ordinarias, dado que la gratuidad de las transferencias es un estándar en la banca online española y mantenerlas sin costo adicional fomentará una mayor satisfacción y lealtad del cliente.

Beneficios para los usuarios

Si los bancos deciden ofrecer transferencias inmediatas gratuitas, los usuarios podrán beneficiarse de:

Mejoras en seguridad

La normativa también incluye medidas de seguridad importantes. Los bancos estarán obligados a verificar que el nombre del titular coincida con el IBAN antes de ejecutar una transferencia. Si hay discrepancias, el banco deberá notificar al usuario, reduciendo riesgos de errores y fraudes.

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