La creación de la Unión Económica y Monetaria y la introducción de los billetes y monedas en euros han sido hitos decisivos para la existencia de un mercado único en la Unión Europea. Desde su introducción, en enero de 2002, en todos los países de la eurozona es posible realizar pagos en efectivo en la misma moneda con la comodidad y sencillez con la que se efectuaban anteriormente los pagos en las respectivas monedas nacionales. No obstante, en el ámbito de los pagos que no se hacen en efectivo, permanece una situación de fragmentación que, en última instancia, dificulta la culminación de ese objetivo.
Para contribuir a paliar esta situación nace la Zona Única de Pagos en Euros, conocida bajo el acrónimo SEPA (de la terminología inglesa Single Euro Payments Area).
La SEPA es la zona en la que ciudadanos, empresas y otros agentes económicos pueden hacer y recibir pagos en euros, con las mismas condiciones básicas, derechos y obligaciones, y ello con independencia de su ubicación y de que esos pagos impliquen o no procesos transfronterizos.
La SEPA supondrá un nuevo escenario caracterizado por una armonización en la forma de hacer pagos en euros principalmente mediante el empleo de tres grandes tipos de instrumentos: las transferencias, los adeudos domiciliados y las tarjetas de pago.
Gracias a SEPA, todas las operaciones en euros realizadas entre los países participantes quedarán sujetas a un conjunto de reglas y condiciones homogéneas, por lo que serán procesadas con la misma facilidad, rapidez, seguridad y eficiencia con que lo son actualmente dentro cada uno de los mercados nacionales. Este nuevo paso hacia una plena integración económica y monetaria, beneficiará tanto a consumidores, como empresas, administraciones públicas y demás usuarios, creando un escenario con un mayor grado de dinamismo, competencia e innovación.
El territorio que abarca la zona SEPA, para la creación de un mercado único de pagos en euros, comprende 36 países: los 27 Estados miembros de la Unión Europea (UE), así como 3 países del Espacio Económico Europeo (EEE) Islandia, Liechtenstein y Noruega y 6 países no pertenecientes al EEE, a los que se ha ampliado el alcance geográfico (Andorra, Mónaco, San Marino, Suiza, Reino Unido y Ciudad del Vaticano Estado).
Además también se consideran dentro del ámbito geográfico para la aplicación de los esquemas SEPA los siguientes territorios fuera del EEE: Mayotte, Saint-Pierre-et Miquelon, Guernsey, Jersey, Isla de Man.
A través del European Payments Council (EPC), se han definido los instrumentos SEPA para transferencias y adeudos directos, junto con un conjunto de normas y estándares que deben ser cumplidos por los proveedores de servicios de pago.
En relación a los pagos mediante tarjetas, también se ha acordado un marco común SEPA que está en proceso de implantación por parte de entidades de crédito, esquemas y procesadores de tarjetas.
La implantación de servicios de pago SEPA innovadores y competitivos se traduce en ventajas y en aumento de eficiencia para consumidores, empresas y administraciones públicas, al poder contar con un único conjunto de instrumentos de pago que cubre 34 países.
Se detallan a continuación cada uno de estos instrumentos de pago:
La transferencia SEPA es un instrumento de pago básico para efectuar abonos en euros, sin límite de importe, entre cuentas bancarias de clientes en el ámbito de la SEPA, de forma totalmente electrónica y automatizada.
La Zona Única de Pagos en Euros (SEPA) establece un marco general en el que los titulares de tarjetas pueden hacer pagos y retirar efectivo en euros dentro de la SEPA, con la misma facilidad y comodidad que en sus países de origen.
El adeudo directo es un servicio de pago destinado a efectuar un cargo en la cuenta del deudor. La operación de pago es iniciada por el acreedor, sobre la base del consentimiento dado por el deudor al acreedor, y transmitida por éste a su proveedor de servicios de pago.
En el adeudo directo B2B, el deudor y el acreedor tendrán que ser obligatoriamente empresas o autónomos (no consumidores) que han acordado utilizar el servicio de adeudos directos B2B para los pagos/cobros relativos a sus transacciones comerciales.
Las operaciones acogidas en esta modalidad están dotadas de mayor seguridad y agilidad, afianzando en un plazo reducido el buen fin de la operación de pago.
Fuente: https://www.sepaesp.es/sepa/es/ (Para obtener información actualizada sobre SEPA, pincha sobre el enlace)